Detalle de trámites

Comunicación de Domicilio Fiscal

Este trámite permite cumpliar con la obligación de comunicación del domicilio fiscal (o su cambio) al Ayuntamiento.

El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con el Ayuntamiento:

a) Para las personas físicas, el lugar donde tengan su residencia habitual.

b) Para las personas jurídicas, su domicilio social.

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción tributaria leve sancionable con multa pecuniaria fija de 100 euros, de conformidad con el artículo 198.5 LGT

Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas

Órgano Gestor: Hacienda

Tema: Tributos Declaraciones

Información adicional

El domicilio fiscal es independiente del domicilio del padrón de habitantes y será el mismo para todos los tributos.

El Padrón de habitantes y el Registro a efectos tributarios de domicilios fiscales son registros administrativos independientes y no intercomunicados automáticamente, de modo que el cambio de domicilio efectuado por una persona en el Padrón de habitantes, por sí solo, no supone un cambio coetáneo y paralelo del domicilio fiscal, ni tampoco sustituye a la declaración tributaria. (Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de octubre de 2001).

Quién puede solicitar

El obligado tributario.

Cuándo solicitar

En cualquier momento.

Inicio

Instancia de parte.

Normativa

Artículos 48 y 198.5. Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

PRESENTACIÓN

Es obligatoria la presentación en la sede electrónica municipal para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial.

Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

IMPUESTOS

Trámite gratuito.

TRAMITACIÓN