Volante de Empadronamiento
Detalle de trámites
Volante de Empadronamiento
Es un documento informativo del alta de una persona en el Padrón de Habitantes de un Municipio. En él se puede reflejar a una persona (volante individual) o al conjunto de personas empadronadas en un mismo domicilio (volante familiar, de convivencia o colectivo).
Órgano Gestor: SAC
Tema: Padrón
El volante de empadronamiento tiene valor informativo sobre la situación padronal, pero es válido para múltiples fines: |
- Cualquier persona inscrita en el Padrón Municipal |
- En cualquier momento desde que se produzca el alta en el Padrón.
- Si está de baja en el padrón de habitantes sólo puede solicitar el histórico de empadronamiento que es individual para cada persona.
Instancia de parte |
- Estar empadronado en el momento de la solicitud.
- Si está de baja en el padrón de habitantes sólo puede solicitar el histórico de empadronamiento que es individual para cada persona.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. (Art. 66)
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. (Art. 21.1 s))
Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (Arts, 53 y 61)
Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (Arts. 204-205)
Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Expedición de Documentos Administrativos. (Artículo 7)
Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
- El solicitante deberá acreditar su identidad mediante DNI, NIE, Pasaporte originales. |
PRESENCIAL: En el SAC en horario de atención al público (consultar horario actualizado aquí) con entrega inmediata, en la siguiente dirección: REGISTRO ELECTRÓNICO: A través de la Sede Electrónica con certificado electrónico o clave Pin. Dicha solicitud será recibida en el SAC, se generará el documento con firma electrónica y se enviará por registro de salida al buzón electrónico al que se puede acceder a través de la Sede Electrónica de nuestra página web www.azuqueca.es con certificado electrónico o clave pin. |
Entrega inmediata
- Si lo solicita como DE FORMA ELECTRÓNICA es gratuito
- Si se solicita DE FORMA PRESENCIAL es necesario abonar la tasa de 0.50 €, y su pago se puede hacer en los cajeros ciudadanos.