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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Puede haber más de una sede electrónica para un organismo o administración?
Sí. Lo habitual es tener una Sede Electrónica, pero por razones organizativas o técnicas puede haber una Sede Electrónica principal y otras subsedes que estarán accesibles desde la sede principal.

¿Es lo mismo la Sede Electrónica que el Portal?

No es lo mismo la Sede Electrónica que el Portal. En general, los portales actuales no cumplen las condiciones para ser sedes. De hecho son conceptualmente distintos, sede es un sitio seguro donde realizar los trámites electrónicos, mientras que el Portal tiene contenidos informativos, campañas e incluso servicios que no requieren autenticación.

 ¿Qué se incluye en la Sede?

En la Sede Electrónica de Azuqueca de Henares se incluyen servicios para los que es necesario identificación electrónica y otros de acceso público.
Los servicios que no requieren de identificación son:

  • Portal de Transparencia.
  • Validación de documentos.
  • Tablón de anuncios.
  • Consulta del perfil del contratante: acceso a la plataforma de contratación del estado.

Los servicios que requiren identificación mediante los métodos de identificación de Cl@ve son:

  • Iniciación de cualquier trámite.
  • Acceso a la información sobre sus expedientes.
  • Acceso al buzón electrónico para recoger sus notificaciones electrónicas.
  • Acceso a los registros presentados por la sede electrónica.
  • Acceso al portafirmas.
  • Consulta de sus datos personales
     
¿Qué diferencia hay entre el Portal de Transparencia y la Sede Electrónica?

El Portal de Transparencia forma parte de la Sede Electrónica.

El Portal de Tansparencia es un instrumento para hacer accesible la información a la ciudadanía. Se trata de un espacio web donde se publicará la información de las administraciones públicas. Se encuentra alojado en la Sede Electrónca, aunque se pueden poner enlaces en otras páginas para hacerlo más visible.

La información que se incluya en el Portal de Transparencia debe de hacerse pública proactivamente La organización de esta información es potestad de cada administración, pero siempre debe de ser pública y por tanto no será necesario la identificación por parte del ciudadano

 

¿Qué es la fecha y hora oficial?

Es un servicio que indica la fecha y hora oficial sincronizada con el Real Observatorio de la Armada. Para cualquier trámite, la fecha y hora de la sede es la que tendrá validez legal y no la del equipo desde el cual se realice el trámite.

¿Estoy obligado a identificarme siempre?

Los ciudadanos accederán a la página de inicio de la Sede Principal y de las Subsedes sin necesidad de identificación.
Una vez dentro de la Sede, habrá servicios que requieran de identificación y otros que serán públicos.
En lineas generales, necesitarán identificación aquellos servicios que sean privativos y no será necesaria la identificación en aquellos que contengan información de caracter público.

¿Qué sistemas de firma electrónica podrán utilizar los ciudadanos

  • Los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.

  • Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas.

  • Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

¿Se puede obligar a los ciudadanos a relacionarse con las administraciones exclusivamente por medios electrónicos?

Reglamentariamente, las Administraciones Públicas podrán establecer la obligatoriedad de comunicarse con ellas utilizando sólo medios electrónicos, cuando los interesados se correspondan con personas jurídicas o colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.

¿Pueden los ciudadanos estar representados por terceros ante la administración?

Las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Dicha habilitación deberá especificar las condiciones y obligaciones a las que se comprometen los que así adquieran la condición de representantes, y determinará la presunción de validez de la representación salvo que la normativa de aplicación prevea otra cosa. Las Administraciones Públicas podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación.
¿Cómo verificar un documento firmado electrónicamente?

Un documento firmado electróncamente puede contener o no un Código Seguro de Verificación  (CSV). 

El CSV consta de un código, habitualmente alfanumérico, y una dirección de internet donde introducir dicho código. Al introducir el CSV en la dirección de internet, nos mostrará el documento original emitido para que podamos cotejar el que obra en nuestro poder y el original.

Un documento firmado electrónicamente que no contenga CSV sólo será válido en formato electrónico y cualquier copia en papel no podrá ser validada ni verificada con el original. Esto no significa que un docuemento firmado electrónicamente no tenga validez, sino que sólo la tiene en formato electrónico.

¿Qué debe garantizar el sistema de código seguro de verificación?

El carácter único del código generado para cada documento.

Su vinculación con el documento generado y con el firmante.

Asimismo, se debe garantizar la posibilidad de verificar el documento por el tiempo que se establezca en la resolución que autorice la aplicación de este procedimiento.

¿Qué es Cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE. Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite.

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